7.11.15

Medios de dominación1


1a. quincena noviembre 2015



En el año 1995, la revista Hermès publicó un artículo denominado “Del modelo judicial al proceso mediático”.2 El artículo no plantea la judicialización de los medios, ni menos aún su criminalización, sino por el contrario, la creciente determinación de los procesos de comunicación masiva sobre la justicia. El autor analiza desde el punto de vista de los procedimientos jurídicos, tres períodos históricos dentro de una misma secuencia, que no sólo pauta una evolución de la justicia, sino también de la propia comunicación masiva. En un primer período que culmina en los años 60', la prensa comenta los fallos de la justicia dándolos por “cosa juzgada”. Los medios de comunicación se convierten, en un segundo período que culmina a mediados de los años 80' en un foro que debate el contenido controversial de los procesos jurídicos, con particular énfasis en la determinación social y ética. En un tercer período que culmina en los 90', se revierte el vínculo entre el ámbito jurídico y la escena mediática, en tanto los medios de comunicación pasan a determinar una instrucción paralela de los procesos, con indiscutible incidencia e inclusive protagonismo, en el desarrollo de los procedimientos jurídicos.

El artículo no explicita el proceso propio al área de la comunicación, subyacente a la órbita jurídica, con incidencia mediática en el fallo jurídico. Se atisba entrelíneas un primer período marcado por la hegemonía de la prensa escrita sobre la elaboración de la opinión pública, claramente distinto de un segundo período de incidencia activa de los medios masivos en la configuración de la opinión pública y finalmente de un tercer período, caracterizado por la preeminencia de la televisión en la configuración de la agenda pública.

En el año 2001 el Prof. Jesús Martín-Barbero dictó una conferencia, que asimismo fue publicada en una recopilación de la actividad conjunta de distintas conferencias y talleres, desarrollados con el propósito de fundamentar la necesidad de una facultad de Información y Comunicación en la Universidad de la República. Martín-Barbero destacó que el eje de su trabajo se vinculaba a la mediación que establece la actividad discursiva entre los medios tecnológicos de comunicación y la recepción social de las emisiones, de forma que la sensibilidad de los destinatarios interviene como regulación propia de la emisión tecnológica.3 La mediación siempre se encuentra, por la vía del público destinatario, involucrada en la emisión, por más que los medios de comunicación se valgan de una programación que toma el cariz de un proceso de producción de contenidos.

La perspectiva discursiva sobre el proceso de los medios de comunicación aportada por el profesor español, radicado en Colombia primero y México después, explica porqué se produjo la reversión entre el modelo judicial y el proceso mediático que relataba el juez francés. En tanto los medios de comunicación interactúan con un público que los pauta con gustos y preferencias, también moldean los hábitos y la sensibilidad, con influjo propio sobre el destinatario que los recepciona. Un lector es influido, de forma análoga, por sus lecturas: todos conocemos en mayor medida a alguien si también conocemos los libros que prefiere. Una transformación en la comunicación también produce una transformación en los procesos de opinión, en cuanto la forma en que fluye la información y en que se articula con los procesos de sensibilidad y reflexión, conforma un mismo proceso entre sus distintas partes.

Una colega francesa que visitó el Uruguay pocos años después, publicó en 2007 un libro denominado “Las sociedad del enjuiciamiento”.4 Allí se plantea la apropiación, por distintos protagonistas sociales, de las relaciones públicas a través de los medios tecnológicos que facilita internet. Esta apropiación genera una reversión del espacio de la comunicación en la sociedad, que comienza a ser protagonizado por núcleos que no se supeditan, ni por intereses ni por inscripción institucional, a los poderes del Estado, ni tampoco a aquel vector estrechamente vinculado a los equilibrios políticos denominado “cuarto poder” (la gran prensa). Ingresando en un ámbito de vínculos descentrados, distintos protagonistas del proceso social establecen sus propias pautas de identidad pública y de vinculación preferencial, que escapan aceleradamente de la esfera institucional del sistema político y del Estado.

Se genera una sensibilidad social que incide políticamente en un plano subyacente al sistema de partidos, pero que tampoco articula verticalmente con la estructura institucional del Estado. La vinculación entre sociedad civil y sociedad política, característica en nuestra tradición, se desmajeda en provecho de una distancia enunciativa que no se supedita al poder político. Pocos días atrás sucedía en la Argentina otro desastre de las mediciones de opinión pública, que no sólo en nuestro país se vienen repitiendo con creciente frecuencia. Una versatilidad mayor de las inclinaciones entre la población elabora, intercambia y registra sus propios procesos de organización comunicacional, con creciente libertad ante una configuración ideológica central.

Desde la transformación del modelo jurídico en proceso mediático que constataba el investigador francés a mediados de los 90', hasta el enjuiciamiento del lugar del poder de Estado, que señalaba D'Almeida década y media después, encontramos una transferencia del horizonte público de la justicia. El criterio para impartir justicia también sufre los efectos de este desplazamiento, se desprende relativamente de la órbita institucional instruida por la formalidad del “debido proceso” y se vincula de forma creciente con la mediación que ejerce el conjunto de los medios de comunicación, tal como la describe Martín-Barbero. 

La regulación ética y política se transfiere, relativa y progresivamente, desde la escena institucional del Estado hacia el campo de la opinión pública, movilizada tanto desde la prensa tradicional como desde las redes sociales, sin dejar de pasar por los medios masivos electrónicos. Se configura una inversión del rasgo dominante en la colectividad: la redundancia conceptual de la expresión “comunicación social” (ya que toda sociedad no puede dejar de incluir comunicación ni toda comunicación dejar de socializar) quizás merezca – en cuanto se trata de esgrimir un rótulo, una inversión: “socialización comunicacional”.

Ese rasgo dominante en la colectividad también es el rasgo dominante de la dominación. Así como los medios de producción son un elemento determinante del proceso de producción, que junto a los salarios y la materia prima puede aportar el capitalista (Marx dixit), los medios de comunicación son un elemento determinante del proceso de comunicación. La determinación del proceso de comunicación por el suministro de medios de comunicación, junto con la incorporación de comunicadores y la habilitación de bases informativas, condicionan el proceso en su conjunto y pautan la dominación propia a los medios de comunicación.

Cualquiera comprende que la dominación de los medios es una dominación más intersticial que la económica, así como una “socialización comunicacional” es más medular que una “comunicación social”. La propia idiosincracia colectiva viene a ser pautada por los procesos de mediación, congrega opiniones, gustos, pertenencias, identidades en el espectro más amplio. La protesta también se va a inscribir en el proceso mediático en su conjunto, dominado por quienes dominan los medios de dominación.

Un ejemplo significativo al respecto provino recientemente de internet, con oportunidad de la polémica en torno al acuerdo que se propuso celebrar entre la empresa Google y la Administración Nacional de Educación Pública. Ante las críticas que suscitaba un acuerdo que involucraba a la educación pública en los intereses particulares y estrategias, incluso mundiales, propios de una megaempresa, un defensor del proyecto imputó cierto doble discurso a quienes se oponían al proyecto Google-Ceibal, en cuanto muy probablemente tal cuestionamiento provenía de usuarios de Google.5 Cegado por la identificación con el criterio de estrategia empresarial, moralizado además por una actividad que provee información y por lo tanto saber, el defensor de Google entre nosotros confundía el lugar de un usuario con el de una integridad enunciativa. Si siguiéramos ese criterio en la actividad social, debiéramos considerar adherente al proyecto del capitalismo a todo obrero que trabaje en una empresa de propiedad privada, o cómplice del programa del Frente Amplio todo parlamentario que integre el poder legislativo bajo mayoría absoluta frenteamplista. Este tipo de identificación entre el lugar de los particulares y el carácter dominante en un cuerpo social, corporación u organización, incide de forma característica en toda dominación. Sin embargo se expresa de manera incluso pueril, allí donde la articulación histórica de la dominación cuenta con menos tradición crítica, como sucede en el caso de la avalancha de poder comunicacional que caracteriza el presente de las sociedades.

Con esa perspectiva sobre el impacto de los medios en el conjunto del proceso público, conviene considerar que la protesta no alcanza difusión sin registrarse entre las figuras publicables. La criminalización de la protesta no la condena por lo tanto a la marginalización, sino que marca por el contrario, su ingreso en determinada regulación de la edición periodística. Esa inscripción bajo el signo de la dominación no debe confundirse con la reclusión panóptica, que apuntaba al reingreso en el cuerpo social una vez cumplida la prescripción terapeútica. La criminalización mediática fracasa si no logra impedir que el aura de problemática de una protesta se convierta en un elemento de la agenda pública. En un contexto de dominante mediática del poder, la protesta prospera si logra desacreditar la verticalidad de un único centro rector del proceso público, con efecto incluso en el desarrollo de los medios, cuando se los concibe tan sólo como “4o poder”. La incriminalizable lateralidad democrática de las redes de comunicación opera en la discontinuidad y desigualdad de múltiples estructuras de medios, de forma análoga al desplazamiento de placas tectónicas, que persiste por debajo de la corteza terrestre.

La región educativa de la agenda de los medios es una zona de alta inestabilidad tectónica de los conflictos. Numerosas placas se encuentran en movimiento, superpuestas en sentido vertical: la “nueva gestión pública” que promueve el Banco Mundial, desde donde se pretende convertir al cuerpo docente en un estamento gerencial, la clase política que manda ella misma cada vez menos, presionada entre la banca mundial y las megaempresas, pero se propone pese a todo “saber quien manda en la educación”, los propios medios de comunicación le hacen lugar, en razón del rating familiar que reviste la formación de las futuras generaciones, las tradiciones de lucha del pueblo uruguayo, que como en ningún otro proceso latinoamericano anclan en la educación, la imprescriptible autonomía del saber que hoy se defiende incluso desde organismos de investigación, como el Instituto Clemente Estable, inscriptos en el ámbito gubernamental.

Ante la criminalización de figuras como Jorge Zabalza o Irma Leites, conviene recordar la respuesta dada a de Gaulle, quien imputaba la revuelta del 68' francés al liderazgo de un estudiante “judío-alemán”: “todos somos judíos alemanes”.6



1Esta actualización de Contragobernar retoma el texto leído en el Foro Contra la Criminalización de la Protesta, organizado por Colectivos Contra la Criminalización de la Protesta, 6 de noviembre de 2015, Sindicato de Artes Gráficas, Montevideo.
2Leblanc, G. “Du modèle judiciaire au procès médiatiaque» (1995) Hermès 17-18, 63-72, Editions du CNRS, Paris.
3Martín-Barbero, J. (2003) “Tendencias de los estudios de comunicación en América Latina” en Comunicación y Universidad, Universidad de la República, Montevideo, pp.96-98.
4D'Almeida, N. (2007) La société du jugement, Armand Colin, Paris.
5Ver al respecto: Viscardi, R. “Google-Ceibal: la empresa-país” http://ricardoviscardi.blogspot.com.uy/2015/08/google-ceiballa-empresa-pais-1aquincena.html (acceso el 6/11/2015)